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California ADA Discriminación por Discapacidad Abogados

Un hombre en silla de ruedas habla de su enfermedad con un abogado

Nuestro bufete de abogados representa a las personas con discapacidad que han sido discriminados. Llámenos hoy para una consulta gratuita si alguno de los siguientes se aplica a usted:

  • Te discriminaron en centros comerciales, baños públicos, autobuses, trenes, aviones, etc.
  • Le han discriminado al contratarle o despedirle
  • Su empresa no se adaptó a su discapacidad en el lugar de trabajo

Los espacios públicos y los proveedores de transporte deben ofrecer igualdad de acceso a todo el mundo, incluidas las personas con discapacidad. Si se te ha denegado la igualdad de acceso al transporte o a un espacio público debido a tu discapacidad, nuestros abogados pueden ayudarte.

El 40 de los adultos con discapacidad sufren discriminación en el trabajo, en centros sanitarios o al solicitar prestaciones. Es ilegal que su empleador discrimine contra usted en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y la Ley de Empleo y Vivienda Justos (FEHA). Si se ha enfrentado a la discriminación debido a una discapacidad física o mental, un abogado de discriminación por discapacidad en nuestro bufete de abogados puede ayudar.

Llevamos representando a personas discriminadas por una discapacidad física o mental desde 1990 y hemos recuperado más de 750.000.000 de dólares para nuestros clientes. Nuestra vasta experiencia manejando casos de discriminación como el suyo nos permitirá recuperar la mayor compensación posible en su nombre.

Llame hoy mismo a nuestros abogados expertos en discriminación por discapacidad para una consulta gratuita, envíenos un mensaje de texto desde esta página o rellene el formulario de evaluación gratuita de casos de esta página si usted o un ser querido ha sido discriminado debido a una discapacidad. Usted puede calificar para una compensación financiera en una demanda ADA.

¿Qué entendemos por ADA?

La Ley Estadounidense de Discapacidades (ADA) es una ley federal histórica aprobada en 1990 para proteger a las personas con discapacidad de la discriminación en la vida pública. La ley garantiza la igualdad de acceso a oportunidades de empleo, transporte y servicios públicos.

El ADA está estructurado en cinco secciones, conocidas como títulos, cada una de las cuales aborda un ámbito específico de protección.

  • Título I: Empleo
  • Título II: Servicios públicos
  • Título III: Alojamientos públicos
  • Título IV: Telecomunicaciones
  • Título V: Disposiciones varias

Si usted o un ser querido ha sido discriminado como consecuencia de su discapacidad, puede tener derecho a presentar una demanda en virtud de la ADA para buscar justicia e indemnización.

¿Tengo derecho a presentar una demanda por discriminación por discapacidad?

La ADA exige que los discapacitados gocen de igualdad de acceso a los espacios y medios de transporte públicos.

La ADA prohíbe también la discriminación por discapacidad en el lugar de trabajo. Los empresarios no pueden negarse a contratar a personas por su discapacidad. Los empresarios no pueden despedir a nadie por su discapacidad. Los empresarios deben facilitar a los trabajadores ajustes razonables para sus discapacidades.

Usted puede ser elegible para un abogado ADA en nuestra empresa para presentar una demanda en su nombre si:

  • No se le facilitó el acceso en igualdad de condiciones al transporte o a un espacio público debido a su discapacidad.
  • Un empresario se negó a contratarle por su discapacidad
  • Un empresario le ha despedido por su discapacidad
  • El empresario no ha realizado ajustes razonables para su discapacidad

Los proveedores de transporte y espacios públicos deben proporcionar igualdad de acceso a los discapacitados, y es ilegal bajo la ley estatal y federal para los empleadores a tratar a los trabajadores de manera diferente debido a sus discapacidades. Llame a un abogado de la ADA en nuestro bufete de abogados hoy para una consulta gratuita si cualquiera de los anteriores se aplica a usted. Si usted fue gravemente herido o discapacitado de un resbalón y caída en el trabajotambién tenemos abogados que pueden ayudarle.

¿Le niegan la igualdad de acceso a un espacio público? Podemos ayudarle

Todo el mundo tiene derecho a acceder en igualdad de condiciones ante la ley a los servicios, bienes, privilegios, instalaciones, alojamiento o ventajas en lugares abiertos al público. Esto incluye a los discapacitados.

Las personas con discapacidad se enfrentan a menudo a dificultades como no poder comprar ropa, ver películas en los cines o comer en sus restaurantes favoritos. La ADA pretende garantizar que todas las personas, incluidas las discapacitadas, puedan acceder a los espacios públicos.

Es habitual que las personas discapacitadas visiten empresas y encuentren muchas áreas que incumplen la ADA. A veces, se infringen tantas leyes de acceso para discapacitados que se disuade a las personas discapacitadas de frecuentar el negocio en el futuro, o no pueden utilizar las instalaciones del negocio en absoluto. Aunque estas empresas suelen ser capaces de subsanar estas infracciones, a menudo optan por no hacerlo, ya que la mayoría de sus clientes no son discapacitados.

Existen numerosas formas en que barreras aparentemente menores pueden disuadir o impedir a los discapacitados visitar o utilizar establecimientos comerciales. Estas dificultades o barreras pueden hacer que los discapacitados se sientan humillados. Pueden hacer que les resulte muy difícil poder o querer volver al negocio. Estos retos incluyen:

  • No poder aparcar con seguridad sin correr el riesgo de ser golpeado por los vehículos.
  • No poder pasar con sillas de ruedas o scooters por pavimentos rotos y desiguales.
  • No poder subir las sillas de ruedas por las rampas debido a las pendientes pronunciadas.
  • No poder ver las señales de acceso para minusválidos
  • No poder ver las máquinas de tarjetas de crédito en los mostradores
  • No poder utilizar los aseos por falta de barras para agarrarse
  • No se pueden utilizar los mandos del fregadero porque están demasiado atrás.
  • No poder utilizar los establecimientos porque las puertas están fuera de su alcance
  • No poder comer en restaurantes por falta de espacio para las rodillas debajo de las mesas.

A las personas sin discapacidad les pueden parecer problemas menores. Sin embargo, para las personas discapacitadas representan barreras gigantescas que pueden hacer imposible comprar en tiendas, alojarse en hoteles o comer en restaurantes.

Las empresas están obligadas a eliminar este tipo de barreras. Cuando los empresarios pueden solucionar fácil y económicamente este tipo de problemas y deciden no hacerlo, pueden estar discriminando a los discapacitados. Los empresarios pueden acomodar a los discapacitados de muchas maneras, por ejemplo ofreciéndoles asientos alternativos. Los establecimientos públicos están legalmente obligados a eliminar las barreras cuando sea "fácilmente realizable", lo que significa que puede hacerse sin excesivos gastos o dificultades.

Las personas con discapacidad están protegidas por la ley frente a la exclusión de lugares públicos debido a barreras menores y reparables que les causen vergüenza, incomodidad o dificultad. Los empresarios deben reparar estas barreras cuando puedan hacerlo fácilmente.

Si a usted o a un ser querido se le ha denegado el acceso a un espacio público debido a su discapacidad, llámenos hoy mismo para una consulta gratuita. Podemos ayudarle a recuperar una compensación económica por la discriminación sufrida.

¿Se le niega la igualdad de acceso al transporte? Podemos ayudarle

La ADA garantiza que los discapacitados no queden excluidos del transporte. No puede haber límites a la accesibilidad de los discapacitados al transporte.

Las disposiciones sobre transporte de la ADA benefician al público. Estas disposiciones garantizan que los servicios de transporte ofrezcan ajustes razonables a todo el mundo.

El Título II de la ADA se aplica a los servicios de transporte, entre los que se incluyen:

  • Autobuses urbanos públicos
  • Sistemas de transporte ferroviario
  • Sistemas de metro
  • Cercanías
  • Amtrak

El transporte público no puede discriminar a los discapacitados. Las agencias de transporte público también deben cumplir otros requisitos de la ADA:

  • Reparación adecuada de los autobuses para garantizar su accesibilidad
  • Intentar comprar autobuses usados con acceso para discapacitados
  • Facilitar el acceso de los discapacitados a los vehículos nuevos

La ley ADA también obliga a las agencias de transporte público a prestar servicios de paratránsito, es decir, servicios que recogen y dejan a las personas con discapacidades mentales o físicas que no pueden utilizar el transporte público.

Los servicios de paratránsito deben ser comparables a los sistemas de autobuses fijos de las ciudades en cuanto a disponibilidad y rutas.

El Título III de la ADA exige que los proveedores de transporte privado, como taxis, autobuses privados, lanzaderas de hotel y lanzaderas de aeropuerto, proporcionen vehículos accesibles a los discapacitados. Estos servicios también deben ofrecer instalaciones accesibles, como cocheras y paradas de autobús.

Requisitos de los vehículos de transporte público

Un grupo de tres trabajadores con chalecos reflectantes naranjas. Dos mujeres, una en silla de ruedas, y un hombre calvo de pie con las manos en la cadera.El Departamento de Transporte de los Estados Unidos proporciona directrices de accesibilidad relativas a los vehículos de transporte público. Estas directrices se basan en los requisitos de la ADA.

La normativa relativa a los vehículos de transporte público y su accesibilidad para discapacitados incluye requisitos para:

  • Barandillas grandes y resistentes
  • Barreras en los andenes que impiden que las sillas de ruedas rueden
  • Aparatos elevadores que cargan sillas de ruedas
  • Rampas de vehículos/placas de puentes
  • Vías y puertas despejadas y adecuadas en el metro
  • Asientos preferentes para discapacitados
  • Iluminación adecuada en puertas y rampas

Llámenos hoy para una consulta gratuita si su discapacidad fue discriminada en un vehículo de transporte público.

La ADA y las aceras

Muchos discapacitados utilizan andadores o sillas de ruedas. Los pasos de peatones y las aceras están sujetos a la normativa del Departamento de Transporte basada en los requisitos de la ADA, incluida la necesidad de:

  • Rampas que desembocan en pasos de peatones
  • Aceras anchas
  • Tiempos de paso más largos para los discapacitados
  • Señales de control de peatones lo suficientemente bajas para que puedan acceder las personas en silla de ruedas.
  • Cruces de calzada adaptados a los movimientos de los discapacitados

Llámenos hoy para una consulta gratuita si su discapacidad fue discriminado por un paso de peatones o acera.

Discriminación en el transporte aéreo

La discriminación en el transporte aéreo no está regulada por la ADA. Sin embargo, sí está regulada por la Ley de Acceso a Compañías Aéreas (ACAA). En virtud de la ACAA, las compañías aéreas de pasajeros nacionales y extranjeras que ofrecen vuelos al público tienen prohibido discriminar a las personas con discapacidad física o mental.

Por ejemplo, las compañías aéreas que ofrecen vuelos al público están obligadas a facilitar el acceso a las sillas de ruedas. Estas aerolíneas generalmente tienen que acomodar a los discapacitados a menos que hacerlo cree un riesgo para la salud o la seguridad de los demás, o cause dificultades indebidas a la aerolínea. Llámenos hoy para una consulta gratuita si usted o un ser querido ha sido discriminado por una compañía aérea debido a su discapacidad. Podemos ayudarle a obtener una indemnización por la discriminación sufrida.

Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)

La ADA es una ley federal que prohíbe a las empresas discriminar a las personas con discapacidad. La ley también obliga a los empresarios a ofrecer a los empleados discapacitados ajustes razonables para sus discapacidades.

La ADA consta de cinco secciones, conocidas como títulos. Estos títulos establecen requisitos para distintos tipos de organizaciones:

Título I

El Título I de la ADA se refiere a la discriminación en el empleo. Se aplica a las empresas con al menos 15 empleados e incluye sindicatos, agencias de empleo y administraciones locales y estatales.

En virtud del Título I, los empresarios deben proporcionar a los discapacitados igualdad de oportunidades para beneficiarse de las oportunidades relacionadas con el empleo que están disponibles para los demás. Estas oportunidades incluyen actividades sociales, remuneración, formación, ascensos, contratación y selección de personal.

La ley ADA establece requisitos específicos que garantizan a los empresarios la igualdad de acceso al empleo de las personas discapacitadas. Esto se aplica tanto a los empleados como a los solicitantes de empleo.

Las leyes federales y estatales prohíben la discriminación laboral por motivos de discapacidad. Si usted ha sufrido discriminación en el empleo, nuestros abogados de estadounidenses con discapacidad pueden ayudarle a presentar una reclamación ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) y ayudarle a obtener una compensación económica a través de una demanda. Llámenos hoy mismo para una consulta gratuita.

Título II

El Subtítulo A del Título II se aplica a todas las actividades, programas y servicios de las administraciones locales y estatales. Esto incluye:

  • Reuniones municipales
  • Servicios de urgencia
  • Votar
  • Tribunales
  • Servicios sociales
  • Sanidad
  • Recreo
  • Transporte
  • Educación pública

Las administraciones locales y estatales están sujetas a la ADA incluso cuando:

  • Reciben financiación federal
  • El gobierno local o estatal es pequeño

Las administraciones locales y estatales deben ofrecer a los discapacitados igualdad de oportunidades para beneficiarse de actividades, servicios y programas.

El Subtítulo B del Título II se refiere a los sistemas de transporte público. Los sistemas de transporte público deben ofrecer a los discapacitados las mismas oportunidades de beneficiarse de los servicios de transporte público.

Título III

El Título III se refiere a las organizaciones sin ánimo de lucro y a las empresas que prestan servicios al público. Entre ellas figuran:

  • Hoteles
  • Restaurantes
  • Cines
  • Comercios minoristas
  • Hospitales y consultas médicas
  • Colegios privados y sus viviendas
  • Gimnasios
  • Guarderías
  • Organizaciones que ofrecen exámenes o cursos

El Título III también se aplica al transporte público privado:

  • Taxis
  • Transporte al aeropuerto
  • Lanzaderas de hotel
  • Autobuses chárter e interurbanos

El Título III también exige que instalaciones comerciales como las siguientes cumplan las normas de diseño accesible:

  • Fábricas
  • Almacenes
  • Edificios de oficinas

El Título III obliga a las empresas a proporcionar a los discapacitados igualdad de oportunidades para acceder a los servicios o bienes que ofrecen.

Título IV

El Título IV se refiere a las empresas de telecomunicaciones. Las empresas de telecomunicaciones deben prestar servicios que permitan comunicarse a las personas con discapacidades auditivas y del habla.

Título V

El Título V incluye requisitos adicionales sobre cómo debe aplicarse la ley. Algunos ejemplos son:

  • Declarar que los discapacitados no están obligados a aceptar un alojamiento o una ayuda si no lo desean.
  • Prohibir las represalias contra quienes hagan valer los derechos que les confiere la ADA.
  • Ordenar a los organismos federales que faciliten orientaciones que expliquen la ley
  • Autorizar la concesión de honorarios de abogados por parte de los tribunales a las partes ganadoras en demandas relacionadas con la ADA.

¿A quién protege la ADA?

Una anciana con un top amarillo y caquis sentada a la mesa de un café agitando su portátil, presumiblemente en una videollamada.La ADA protege a los discapacitados. Una persona tiene una discapacidad si:

  • padecer una deficiencia mental o física que limite sustancialmente al menos una actividad vital importante
  • Tiene antecedentes de una discapacidad que limita sustancialmente al menos una actividad vital importante (como un cáncer en remisión).
  • Son percibidos por los demás como poseedores de tal deficiencia (como alguien con graves cicatrices de quemaduras).

La ADA protege a cualquier persona que se encuentre en una de las categorías anteriores.

"Limita sustancialmente" es una expresión de interpretación amplia que no pretende ser una norma exigente.

"Actividades vitales importantes" incluye actividades cotidianas como:

  • Caminar, agacharse, levantar peso y estar de pie
  • Respirar, hablar, dormir y comer
  • Oír y ver
  • Concentrarse y pensar
  • Comunicarse, aprender, leer y trabajar
  • Principales funciones corporales como los órganos, la reproducción y la circulación

Algunos ejemplos de discapacidades son:

  • Lesión cerebral traumática
  • Trastorno depresivo mayor
  • Discapacidad intelectual
  • Discapacidades de movilidad que puedan requerir el uso de bastones, andadores o sillas de ruedas.
  • Epilepsia
  • Baja visión o ceguera
  • Pérdida de audición o sordera
  • Parálisis cerebral
  • Autismo
  • VIH
  • Trastorno de estrés postraumático
  • Diabetes
  • Cáncer

Qué empresarios están sujetos a la ADA

La legislación laboral prohíbe la discriminación laboral de los discapacitados cuando es practicada por:

  • Gobiernos locales y estatales
  • Empresarios privados
  • Organizaciones sindicales
  • Agencias de empleo
  • Comités de empresa

La EEOC vela por el cumplimiento de la legislación contra la discriminación laboral. La EEOC prohíbe la discriminación laboral a todas las empresas, incluidas las administraciones locales y estatales, con un mínimo de 15 empleados.

El Departamento de Justicia de Estados Unidos también prohíbe la discriminación en las actividades y programas de las administraciones locales y estatales. Esto se aplica independientemente del número de empleados.

Ley de Empleo y Vivienda Justos (FEHA)

La Ley de Empleo y Vivienda Justos de California prohíbe el acoso, las represalias y la discriminación en el trabajo. La ley se aplica a organizaciones sindicales, empleadores, programas de aprendizaje, agencias de empleo y a quienes coaccionen, obliguen, inciten, instiguen o ayuden a cometer actos discriminatorios.

La FEHA ofrece protección a los empleados de California en relación con:

Discriminación

La FEHA prohíbe la discriminación basada en:

  • Carrera
  • Ancestry
  • Origen nacional
  • Color
  • Credo religioso
  • Discapacidad mental
  • Discapacidad física
  • Información genética
  • Enfermedad
  • Sexo
  • Estado civil
  • Identidad de género
  • Género
  • Edad
  • Expresión de género
  • Orientación sexual
  • Condición de veterano o militar

Acoso

La FEHA prohíbe el acoso basado en cualquiera de las categorías anteriores. Se incluye el acoso sexual, que puede consistir en peticiones de favores sexuales, insinuaciones sexuales no deseadas o contacto físico o verbal adicional de naturaleza sexual.

Represalias

La FEHA prohíbe las represalias de las empresas contra los empleados que hagan valer sus derechos. Esto se aplica a los empleados que presentan denuncias, se oponen a la discriminación o participan en investigaciones.

Acomodación razonable

La FEHA obliga a las empresas a adaptarse razonablemente a los empleados discapacitados, así como a sus prácticas religiosas. Esto puede incluir la reestructuración del puesto de trabajo, el suministro de dispositivos de asistencia o ayudas, o la modificación de los horarios de trabajo.

Baja por incapacidad durante el embarazo

La FEHA concede hasta cuatro meses de baja laboral protegida a las personas discapacitadas por parto, embarazo o afecciones médicas relacionadas.

Ejemplos de discriminación ilegal en el lugar de trabajo

La discriminación en virtud de la FEHA o la ADA puede adoptar diversas formas. En general, es ilegal que los empresarios discriminen por motivos de discapacidad a la hora de contratar o despedir a trabajadores. Además, es ilegal tener en cuenta las discapacidades en términos de formación laboral, remuneración y ascensos. Otros tipos de discriminación pueden ser:

  • Negarse a contratar o entrevistar a solicitantes de empleo
  • Exigir exámenes físicos o médicos que no se exigen en otros trabajos
  • Descalificar a los trabajadores de los programas de formación para el empleo
  • Reducción de sueldo o denegación de ascensos
  • Rescisión de contratos de trabajo
  • Creación de entornos de trabajo hostiles
  • Disciplinar injustamente a los empleados discapacitados
  • Negarse a colocar a empleados en puestos de cara al cliente o a los clientes.
  • Acoso laboral
  • No proporcionar ajustes razonables para las discapacidades en el trabajo

Adaptaciones razonables en caso de discapacidad en el lugar de trabajo

Cuando las personas discapacitadas necesitan adaptaciones para desempeñar eficazmente su trabajo, los empresarios deben proporcionárselas cuando no resulte demasiado caro o difícil hacerlo. Los empleados discapacitados tienen que solicitar estas adaptaciones para recibirlas, y las adaptaciones pueden denegarse si suponen una carga excesiva para el empresario.

Algunos ejemplos de adaptaciones razonables son

  • Herramientas para discapacitados auditivos, como audífonos
  • Horarios de trabajo flexibles que permitan a los empleados recibir tratamiento médico
  • Software de lectura de pantallas de ordenador
  • Rampas para sillas de ruedas
  • Permitir animales de servicio
  • Pantallas de ordenador más grandes para las personas con problemas de visión o fatiga visual excesiva.
  • Teletrabajo para que los discapacitados puedan trabajar desde casa
  • Reubicación de escritorios en zonas accesibles
  • Reestructurar las tareas del puesto para que otros empleados puedan realizar tareas como levantar objetos pesados.
  • Modificaciones del calendario

Pruebas en una demanda por discriminación por discapacidad en el lugar de trabajo

Su empresa tiene la obligación legal de protegerle contra la discriminación por discapacidad en el trabajo. Si no cumple esta obligación, tienes derecho a emprender acciones legales para protegerte.

Lo primero que debe hacer si sospecha que está siendo discriminado por su discapacidad en el trabajo es contratar a abogados especializados en discapacidad para que le presten asistencia jurídica.

Su abogado será su defensor y se encargará de cada paso de su caso. La recopilación de pruebas es un paso importante en la construcción de una sólida demanda por discriminación.

Debe documentar todo lo que pueda demostrar que ha sido víctima de discriminación por discapacidad: acabarán siendo pruebas que respalden su demanda. Estas pruebas pueden incluir:

  • Mensajes de voz, mensajes de texto y correos electrónicos de su jefe o compañeros de trabajo que puedan mostrar una intención discriminatoria.
  • Declaraciones verbales o notas que demuestren que se actuó en su contra debido a su discapacidad.
  • Datos de contacto y nombres de compañeros de trabajo que podrían mostrarse dispuestos a testificar en su favor.

Puede que incluso sufriera lesiones en el trabajo por no haberle adaptado su empresa. En ese caso, podría presentar una reclamación de indemnización en sus manos.

Miedo a las represalias

La principal razón por la que los discapacitados no comparten sus historias de discriminación es el miedo a sufrir represalias. Es totalmente inaceptable que un empresario te castigue o despida por contar a tu supervisor o a RRHH que estás sufriendo discriminación.

Nuestro bufete de abogados puede emprender acciones legales para protegerle contra las represalias. Muchos empleados se preocupan por esto. No queremos que usted se sienta como si no puede perseguir la justicia. Usted tiene el derecho de buscar justicia y nosotros protegeremos este derecho para usted.

Póngase en contacto con un abogado de California ADA Discriminación por Discapacidad Hoy

Un hombre en silla de ruedas en una mesa con otras dos mujeres hablando de negocios.Si se le ha denegado la igualdad de acceso al transporte o a un espacio público debido a una discapacidad, nuestros abogados pueden ayudarle a presentar una demanda solicitando una indemnización por la discriminación.

Si cree que ha recibido un trato desfavorable por parte de un empresario debido a su discapacidad real o percibida, puede recurrir a la ley. La EEOC es la encargada de velar por el cumplimiento de la ley en materia de discriminación laboral. Antes de interponer una demanda por discriminación laboral contra su empresa, debe presentar una denuncia a través de la EEOC. La EEOC también debe emitir una Notificación del Derecho a Demandar.

Nuestro bufete de abogados ayuda a los discapacitados a reclamar justicia a quienes los discriminan. Proporcionamos una representación hábil durante el litigio y las negociaciones para que sus derechos otorgados por la ADA se mantengan.

Ayudamos a los discapacitados a buscar justicia, como indemnizaciones y adaptaciones justas. Llámenos hoy para una consulta gratuita si usted o un ser querido fueron discriminados debido a su discapacidad. Usted puede calificar para una compensación financiera.

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