
La Asamblea Legislativa de California votó el jueves por 60 votos a favor y ninguno en contra a favor de remitir AB-35, un proyecto de ley que aumentará los límites máximos de indemnización por daños no económicos en las demandas por negligencia médica, al gobernador Gavin Newsom, quien ha indicado que lo promulgará.
Desde 1975, los californianos que han presentado demandas por negligencia médica solo podían obtener una indemnización de hasta 250 000 dólares por daños no económicos, como el dolor, el sufrimiento, la discapacidad solo podían obtener una indemnización de hasta 250 000 dólares por daños no económicos, como dolor, sufrimiento, discapacidad física, molestias o desfiguración. El proyecto de ley modifica el artículo 3333.2 del Código Civil, elevando el límite de los daños no económicos para las víctimas de lesiones a 750 000 dólares y aumentando el límite de los daños no económicos en los casos de muerte por negligencia a 500 000 dólares.
El proyecto de ley establece que el aumento de los límites máximos de indemnización se aplicará a todas las demandas presentadas o los arbitrajes solicitados a partir del 1 de enero de 2023.
El proyecto de ley también establece que:
- El límite máximo de indemnización por daños no económicos para las víctimas de lesiones aumentará en 40 000 dólares cada 1 de enero, a partir de 2024 y durante diez años, hasta alcanzar los 750 000 dólares.
- El límite máximo de la indemnización por daños no económicos en los casos de homicidio culposo se incrementará en 50 000 dólares cada 1 de enero, a partir de 2024 y durante diez años, hasta alcanzar el millón de dólares.
- El límite máximo de las indemnizaciones por daños no económicos en los casos de lesiones y muerte por negligencia aumentará un 2 % cada 1 de enero para adaptarse a la inflación a partir de 2034
Según la Asociación Médica de California, el proyecto de ley mantendrá el sistema sanitario «accesible y asequible».
Según la Asociación de Abogados del Consumidor de California, el proyecto de ley «reafirma el importante principio de que los pacientes lesionados merecen una indemnización justa».
33 estados limitan la indemnización por daños no económicos en las demandas por negligencia médica. En California, la indemnización por daños económicos, como los gastos médicos y la pérdida de ingresos, no está limitada.
Un proyecto de ley modifica los límites máximos de los honorarios de los abogados en los casos de negligencia médica
El proyecto de ley también modifica el artículo 6146 del Código de Negocios y Profesiones, modificando los límites máximos de honorarios contingentes que los abogados pueden cobrar en demandas por negligencia médica.
El proyecto de ley establece unos límites máximos para los honorarios de éxito del 25 % en los acuerdos alcanzados antes de la presentación de una demanda civil y del 33 % en los acuerdos alcanzados tras la presentación de dicha demanda. El proyecto de ley también establece que el abogado que represente al demandante o al reclamante podrá presentar una solicitud para obtener unos honorarios de éxito aún mayores cuando los asuntos se tramiten ante un tribunal civil o se sometan a arbitraje, y que el tribunal ejercerá su facultad discrecional basándose en las pruebas que justifiquen la concesión de unos honorarios de éxito más elevados.
Los límites actuales de los honorarios contingentes, que sustituye el proyecto de ley, son:
- El 40 % de los primeros 50 000 dólares recuperados
- el 33,3 % de los siguientes 50 000 dólares recuperados
- el 25 % de los siguientes 500 000 dólares recuperados
- el 15 % de cualquier importe cuya recuperación supere los 600 000 dólares
La compasión o el arrepentimiento de los médicos no pueden utilizarse en su contra ante los tribunales
El proyecto de ley añade además un nuevo capítulo a la Parte 2 de la División 103 del Código de Salud y Seguridad, en el que se establece que las declaraciones, escritos o gestos dirigidos a una víctima de negligencia médica, a su familia o a su representante antes de que se presente una demanda o una solicitud de arbitraje, en los que se exprese simpatía o pesar, o que reflejen, sugieran o admitan culpa en relación con el dolor, el sufrimiento, fallecimiento o un evento adverso de un paciente, en relación con una negligencia médica, serán confidenciales y no podrán utilizarse en su contra en los tribunales ni en las audiencias disciplinarias.
Este cambio debería «fomentar una mayor transparencia, confianza y buena relación a largo plazo entre pacientes y médicos», según el Dr. Robert E. Wailes, presidente de la Asociación Médica de California.
Análisis de la UCLA: los límites actuales de indemnización por daños no económicos se asocian con un aumento del 16 % en los eventos adversos
A análisis de la UCLA de mayo de 2022 reveló que el actual límite de 250 000 dólares para daños no económicos, que la AB-35 pretende modificar, ha provocado un aumento del 16 % en los eventos adversos.
«El límite máximo, al reducir el riesgo de demandas por negligencia, también debilita el efecto disuasorio que tiene ese riesgo sobre los esfuerzos de los médicos por evitar la negligencia», señala el análisis.
Según el análisis, la supresión del límite «aumentaría la atención prestada a la seguridad de los pacientes y daría lugar a una reducción de los incidentes adversos que les afectan».
El análisis también afirma que, si el límite de 250 000 dólares, establecido en 1975, se hubiera ajustado a la inflación, habría ascendido a 1,257 millones de dólares a finales de 2021, y que, si se hubiera ajustado a la relación actual entre dicho límite y los ingresos familiares, el valor actual de ese límite de 250 000 dólares sería de 1,5 millones de dólares.