La policía de Fresno registra cada año unas 130 colisiones con bicicletas, que provocan entre dos y tres víctimas mortales, según Valley Public Radio. Además, Fresno ocupó el puesto 2.094 de un total de 3.019 ciudades en el ranking de PeopleForBikes. Los abogados especializados en accidentes de bicicleta de Nadrich Accident Injury Lawyers, con amplia experiencia en este ámbito, están a su disposición para ayudarle a obtener una indemnización por sus gastos médicos, salarios perdidos y otros conceptos si ha resultado herido en un accidente de bicicleta en Fresno.
Si te ha atropellado un coche mientras ibas en bicicleta, la compañía de seguros del conductor culpable no te tomará en serio a menos que cuentes con abogados experimentados y con una trayectoria probada a tu lado. Las compañías de seguros no hacen ofertas justas a quienes no respetan.
Con nosotros a tu lado, las compañías de seguros no solo te respetarán, sino que te temerán, porque nuestra experiencia y nuestro historial hablan por sí solos. Llevamos desde 1990 consiguiendo sistemáticamente indemnizaciones por el importe máximo de las pólizas para las víctimas de accidentes de bicicleta.
Podemos ponerte en contacto con profesionales sanitarios con experiencia que te prestarán asistencia médica para tus lesiones a cuenta de la indemnización, lo que significa que no tendrás que pagarles hasta que tu caso haya concluido.
¡Y lo mejor de todo es que nuestros servicios nunca le costarán ni un céntimo de su bolsillo gracias a nuestra promesa de «sin honorarios»! Nunca le cobraremos honorarios por nuestros servicios a menos que consigamos una indemnización para usted.
Llámenos ahora para una consulta gratuita si usted o un ser querido ha resultado herido o ha fallecido en un accidente de bicicleta en Fresno. Es posible que tenga derecho a una indemnización económica. También puede rellenar el formulario «¿Tengo derecho a reclamar?» que aparece a la derecha, o enviarnos un correo electrónico a info@personalinjurylawcal.com o hablar con uno de nuestros abogados especializados en lesiones personales de Fresno.
Negligencia: la clave para obtener una indemnización por un accidente de bicicleta
Podemos conseguir que se le indemnice por sus lesiones demostrando que su accidente de bicicleta se debió a la negligencia de otra persona.
Artículo 1714 (a) del Código Civil de California establece que las personas son responsables de los daños y perjuicios derivados de una falta de diligencia ordinaria.
CACI n.º 401 establece las instrucciones del jurado relativas al estándar básico de diligencia en los casos de negligencia. Establece que la negligencia consiste en no actuar con la diligencia razonable necesaria para evitar un daño. Establece que tanto la omisión como la acción pueden constituir negligencia. Establece que no se debe hacer lo que una persona razonablemente diligente no haría y que se debe hacer lo que una persona razonablemente diligente haría.
La norma CACI n.º 400 establece las instrucciones al jurado sobre lo que debe demostrarse para que se considere que existe demanda por negligencia en California. Establece que debe demostrarse lo siguiente:
- El acusado fue negligente
- El demandante resultó herido
- La negligencia del demandado fue un factor determinante en las lesiones sufridas por el demandante
Conocemos a los mejores expertos en investigación y reconstrucción de accidentes de bicicleta del Valle Central y, con su ayuda, podemos demostrar que sus lesiones fueron causadas por la negligencia de otra persona.

Normativa sobre bicicletas en Fresno
La normativa sobre bicicletas en Fresno se rige por el capítulo 14, artículo 17 del Código de Ordenanzas de la ciudad.
El artículo 14-1701 establece que los ciclistas deben respetar las indicaciones de los dispositivos oficiales de control del tráfico, salvo que un agente de policía u otra persona autorizada les indique lo contrario.
El artículo 14-1702 establece que los ciclistas no pueden remolcar a personas que vayan en patines, monopatines o dispositivos similares.
El artículo 14-1703 establece que los ciclistas no pueden circular por la acera en el distrito comercial central ni en ninguna de las calles designadas como calles comerciales.
El artículo 14-1704 establece que los ciclistas no pueden circular a una velocidad «superior a la que sea razonable y prudente dadas las condiciones existentes en ese momento» ni superar el límite de velocidad vigente para los vehículos.
El artículo 14-1705 establece que los ciclistas que estén a punto de salir de un callejón o de una entrada deben ceder el paso a los peatones, y deben ceder el paso a los vehículos al incorporarse a la calzada.
El artículo 14-1706 establece que los ciclistas no pueden circular por los pasos de peatones.
El artículo 14-1707 establece que los ciclistas no deben aparcar sus bicicletas en la vía pública, las aceras, los carriles bici ni los caminos para bicicletas, con las siguientes excepciones:
- Puedes aparcarla en el borde mismo de la carretera, junto al bordillo si hay uno, si no hay ningún aparcamiento o soporte para bicicletas fácilmente accesible
- Si no hay ningún aparcamiento o soporte para bicicletas fácilmente accesible, puedes aparcarla en la acera de forma que no obstaculice el paso de los peatones
El artículo 14-1708 establece que los padres y tutores no pueden autorizar ni permitir a sabiendas que los menores incumplan las disposiciones anteriores.
Aún así, puede obtener una indemnización aunque haya infringido alguna de las ordenanzas mencionadas anteriormente
Aún así, puede obtener una indemnización por sus lesiones aunque haya infringido alguna de las normas de circulación para ciclistas mencionadas anteriormente. En California se aplica el principio de culpa comparativa en los casos civiles.
CACI n.º 405 establece las instrucciones del jurado relativas a la culpa comparativa del demandante en California. Establece que el jurado debe determinar el porcentaje de culpa del demandante en un accidente y, a continuación, reducir la indemnización concedida al demandante en ese porcentaje.
Para ilustrarlo con un ejemplo, si resultaras herido porque un coche chocó contra tu bicicleta mientras circulabas por la acera en el distrito comercial central de Fresno, un jurado podría determinar que tienes un 30 % de culpa por infringir el artículo 14-1703 del Código de Seguridad Vial, y que el conductor del coche tiene un 70 % de culpa por falta de atención. El jurado reduciría la indemnización por daños y perjuicios en un 30 %, concediéndole el 70 % de la misma. Aún así, recibiría una indemnización considerable a pesar de haber infringido una de las ordenanzas mencionadas, por lo que debería llamar a un abogado con experiencia en accidentes de bicicleta si ha resultado herido en un accidente de este tipo, incluso si cree que ha infringido una ordenanza.
Demandas por accidentes de bicicleta en Fresno
Nadrich Accident Injury Lawyers se especializa en casos de accidentes de bicicleta en Fresno y lleva décadas representando a víctimas de este tipo de accidentes. Nuestros abogados son apasionados del ciclismo y conocen a la perfección todos los entresijos de los casos de accidentes de bicicleta. Nuestros abogados, asistentes jurídicos y personal responderán siempre con rapidez a sus correos electrónicos y llamadas telefónicas. Solo le cobraremos un porcentaje de la indemnización que consigamos como honorarios, y solo si logramos obtener una indemnización para usted.
Llámanos ahora para una consulta gratuita si tú o un ser querido habéis resultado heridos o habéis fallecido en un accidente de bicicleta en Fresno. Es posible que tengas derecho a una indemnización económica.
