El 4 de noviembre, el Centro para la Diversidad Biológica y Californianos por la Reforma de los Plaguicidas enviaron una carta al Departamento de Regulación de Plaguicidas de California, instando a los reguladores a iniciar los procedimientos de reevaluación, cancelación y suspensión de los productos que contienen el popular herbicida paraquat.
La carta pide a los reguladores de California que prohíban los productos que contienen paraquat "debido a los significativos impactos adversos de estos productos", señalando que múltiples estudios científicos han relacionado la exposición al paraquat con la enfermedad de Parkinson. La carta señala que alrededor de 100 intoxicaciones por paraquat ocurren en los Estados Unidos cada año, lo que lleva a al menos una muerte cada año desde 2012. La carta también señala que otros riesgos para la salud relacionados con el paraquat incluyen:
- Insuficiencia renal
- Insuficiencia cardiaca
- Cicatrización pulmonar
- Insuficiencia hepática
- Cáncer
La carta argumenta que aunque el paraquat es un pesticida de uso restringido, las restricciones sobre su uso "no son suficientes" para evitar que el herbicida tenga un impacto negativo significativo sobre el medio ambiente y la salud humana.
La carta cita varios códigos y reglamentos estatales
La carta cita varios códigos y reglamentos de California al tiempo que argumenta que el paraquat debería prohibirse, entre ellos:
Código Normativo de California § 6220 y § 6221
La carta cita Código de Reglamentos de California § 6220 y § 6221en los que se afirma que, debido a estas normativas, los plaguicidas que presentan efectos adversos significativos, como peligros para la salud de las personas, los peces y/o la fauna silvestre, deben ser reevaluados.
La carta argumenta que el paraquat debe ser reevaluado porque presenta efectos adversos significativos como la enfermedad de Parkinson, cáncer, cicatrices pulmonares, insuficiencia hepática, insuficiencia renal e insuficiencia cardíaca, todos los cuales, según afirma, pueden ser el resultado de la exposición al paraquat por inhalación, ingestión o absorción a través de la piel.
La carta afirma que estos efectos sobre la salud "recaen de forma desproporcionada" sobre las comunidades agrícolas y los trabajadores del campo en California, y que numerosas especies silvestres protegidas también se ven perjudicadas por el paraquat en California.
Código Alimentario y Agrícola de California § 12824, § 12825 y § 12826
La carta cita el Código de Alimentación y Agricultura de California § 12824, § 12825 y § 12826 al tiempo que argumentan que el Departamento de Regulación de Plaguicidas debería suspender y cancelar el registro del paraquat.
El artículo 12824 del Código Alimentario y Agrícola de California establece que el departamento debe eliminar del uso en California cualquier plaguicida que ponga en peligro el medio ambiente.
El artículo 12825 del Código Alimentario y Agrícola de California establece que el departamento puede cancelar cualquier plaguicida que haya demostrado efectos adversos graves que no puedan controlarse.
La carta insta al departamento a cancelar el registro del paraquat, citando el Código de Alimentos y Agricultura de California § 12825. La carta argumenta que el registro del paraquat debería cancelarse porque:
- El herbicida se ha relacionado con "graves efectos adversos incontrolables"
- El daño del herbicida al medio ambiente supera sus beneficios
- Existen alternativas viables, eficaces y razonables al herbicida que no dañan tanto el medio ambiente.
- El herbicida es perjudicial para los animales y para la salud y seguridad de los ciudadanos, incluso cuando se utiliza correctamente.
El artículo 12826 del Código Alimentario y Agrícola de California establece que si el departamento tiene motivos para creer que un plaguicida debe ser cancelado en virtud del artículo 12825 del Código Alimentario y Agrícola de California, el departamento puede suspender el registro de dicho plaguicida a la espera de una audiencia, así como de una decisión definitiva.
La carta argumenta que el Departamento de Regulación de Plaguicidas debería suspender inmediatamente el registro del paraquat por las mismas razones que debería cancelar el registro del herbicida.
Código de Caza y Pesca de California § 2055
La carta cita varias secciones del Código de Caza y Pesca de California mientras aboga por la reevaluación, suspensión y cancelación del registro del paraquat en el estado.
La carta cita el Código de Pesca y Caza de California § 2055, que establece que todas las agencias estatales, como el Departamento de Regulación de Plaguicidas, "tratarán de conservar las especies en peligro y las especies amenazadas." La carta afirma que varias especies en peligro y amenazadas en California están amenazadas por el paraquat, incluyendo:
- El zorro kit de San Joaquín
- La rata canguro gigante
- La rata canguro de Fresno
- El cuco de pico amarillo
- El halcón de Swainson
- El mirlo tricolor
- La grulla cenicienta
- El escarabajo de cuernos largos del saúco del valle
- El camarón hada de las charcas vernales
- Salmón chinook
- Salmón coho
- Trucha arco iris
- La salamandra tigre de California
- La rana bermeja de California
16 U.S.C. § 1531
La carta cita 16 U.S.C. § 1531 al argumentar que el registro del paraquat en California debe ser reevaluado, suspendido y cancelado. Esta sección del Código de Estados Unidos establece que las agencias federales "procurarán conservar las especies en peligro y las especies amenazadas".
Ley de Calidad Ambiental de California
La carta señala que un tribunal de apelación de California recientemente afirmó que cualquier decisión de reevaluación tomada por el Departamento de Regulación de Plaguicidas debe cumplir la Ley de Calidad Ambiental de California. La carta argumenta que esto significa que cualquier decisión de reevaluación tomada por el departamento debe cumplir con la política de la CEQA relativa a "evitar efectos adversos significativos sobre el medio ambiente cuando sea factible."
Una carta señala la relación del paraquat con la enfermedad de Parkinson
La carta argumenta que una "plétora de estudios" han relacionado la exposición al paraquat con la enfermedad de Parkinson.
La enfermedad de Parkinson es un trastorno neurodegenerativo y progresivo del cerebro que afecta al control motor. La enfermedad no tiene cura y no existen tratamientos que puedan detener o ralentizar su progresión. Los síntomas del Parkinson incluyen reflejos lentos, lentitud de movimientos, temblores, problemas de equilibrio, rigidez y resistencia al movimiento pasivo.
La carta señala que un metaanálisis de 2019 encontró "una asociación estadísticamente significativa" entre el Parkinson y la exposición al paraquat. La carta también señala que estudios epidemiológicos y estudios en animales han vinculado la enfermedad de Parkinson y síntomas similares al Parkinson con la exposición al paraquat.
La carta también señala que el riesgo de desarrollar la enfermedad de Parkinson asociado a la exposición al paraquat aumenta cuando se combina con lesiones cerebrales traumáticas o marcadores genéticos específicos.
Una carta afirma que la industria ha suprimido datos sobre el paraquat y la enfermedad de Parkinson
La carta argumenta que el registro del paraquat debe ser reevaluado, señalando que el Código de Regulaciones de California § 6221 establece que el Departamento de Regulación de Plaguicidas debe reevaluar los plaguicidas cuando se descubre que los datos utilizados para registrar un plaguicida eran falsos, incompletos o engañosos.
La carta señala que recientemente se han descubierto pruebas de que Syngenta "difundió información engañosa" sobre los efectos nocivos del paraquat. La carta afirma que:
- Documentos internos de los años 60 y 70 muestran que el predecesor de Syngenta, Imperial Chemical Industries (ICI), así como Chevron Chemical, eran conscientes de que el paraquat podía tener un impacto negativo en el sistema nervioso central, desencadenando síntomas en animales que eran similares a los síntomas de la enfermedad de Parkinson en humanos.
- Un memorando interno de Chevron Chemical de 1985 mostraba que los funcionarios de la empresa tomaron nota de un estudio que halló una "correlación extraordinariamente alta" entre la exposición al paraquat y la enfermedad de Parkinson, expresando su preocupación por la responsabilidad legal en el futuro en relación con esta correlación, afirmando que "la quiebra de [un fabricante de amianto]... ha puesto de relieve los riesgos financieros especialmente graves que implica la venta de un producto que contribuye a una enfermedad crónica. El Parkinson puede durar décadas".
- Syngenta realizó un estudio que investigaba los efectos del paraquat en los cerebros de animales que no encontró una correlación estadísticamente significativa entre la exposición al paraquat y la pérdida de células cerebrales, y publicitó este estudio. Syngenta volvió a realizar el estudio utilizando un método más preciso, y esta vez encontró una correlación estadísticamente significativa entre la exposición al paraquat y la pérdida de células cerebrales. Syngenta no divulgó estos resultados.
La carta insta al Departamento de Regulación de Plaguicidas a reevaluar el registro del paraquat "dada la campaña de Syngenta para engañar al público sobre los impactos nocivos del paraquat".
Una carta señala la relación del paraquat con el cáncer de tiroides
La carta señala que un estudio reciente que investigó el cáncer de tiroides en California Central descubrió que la exposición al paraquat estaba relacionada con un mayor riesgo de desarrollar cáncer de tiroides. La carta insta al Departamento de Regulación de Plaguicidas a reevaluar el paraquat para investigar su carcinogenicidad.
La EPA reconsidera el registro federal del paraquat
La carta insta al Departamento de Regulación de Plaguicidas a reevaluar el paraquat, señalando que la EPA está reconsiderando el registro federal del paraquat, habiendo admitido que su análisis de riesgos y beneficios "podría haber sido más sólido" y señalando que le gustaría considerar la cuestión de la probabilidad de que el paraquat se volatilice aún más.
La carta señala que existen alternativas adecuadas al paraquat
La carta argumenta que las alternativas adecuadas, como la gestión integrada de plagas (GIP), así como otros herbicidas que ya se venden en el mercado, obvian el requisito de utilizar paraquat.
La carta describe la GIP como un enfoque de control de plagas centrado en la prevención a largo plazo de las plagas y los daños que causan mediante diversas técnicas como el uso de variedades resistentes, la modificación de las prácticas culturales, la manipulación del hábitat y el control biológico. La carta afirma que la GIP implica que los plaguicidas sólo se utilizan cuando se indica que son necesarios, y que la aplicación de plaguicidas en el marco de la GIP se hace de forma que se reduzcan al mínimo los riesgos para la salud humana, la salud de otros organismos y el medio ambiente.
La carta señala que pueden utilizarse numerosos herbicidas registrados en lugar del paraquat, como imazetapir, iamazamox, hexazinona, cletodim, bromoxinil, 2,4-D, carfentrazona y glifosato.